05/05/2013 Reglamento de la LOT abre posibilidad de modificar jornada

Elmundo.com.ve// Reglamento de la LOT abre posibilidad de modificar jornada

03/05/2013 05:12:08 p.m. | Beatriz Caripa.- El Ministerio del Trabajo podrá autorizar un máximo de 10 horas diarias, en el caso de aquellas empresas cuya actividad aumente por temporadas.

El Reglamento Parcial de la Ley Orgánica del Trabajo (LOT), publicado en la Gaceta Oficial N° 41.157, de fecha 30 de abril de 2013, que circuló ayer 2 de mayo, ratifica la jornada semanal de 40 horas y la diaria de ocho. Sin embargo, contempla excepciones.

El texto refiere las diversas jornadas que ya están descritas en la LOT. No obstante, incluye, entre las novedades, que aquellas empresas que por su naturaleza tienen un aumento de actividades por razones estacionales o por temporadas (vacaciones, zafras navideñas, recolección de cosechas en el campo) pueden modificar el horario formal fijado en la ley, de manera de incrementarlo hasta 10 horas diarias por un tiempo limitado, siempre que enteren mediante notificación formal al Ministerio del Trabajo y Seguridad Social.

El artículo 6 del Reglamento precisa que aquellas "entidades de trabajo (empresas) sometidas a oscilaciones de temporada que de modo previsible tengan períodos de intensa actividad para atender necesidades de la población relativas a productos o servicios en ciertas épocas del año (...) en casos como las actividades agrícolas, pecuarias y turísticas", podrán ser autorizadas para ejecutar un aumento de la jornada.

El texto precisa que el despacho del Trabajo consultará con el ministerio que corresponda, por ejemplo, el de Agricultura y Tierras -si se trata de aumentar la jornada en una actividad conexa al agro y el campo- para autorizar la modificación del horario.

Entre las condiciones que se especifican para las empresas que soliciten la modificación de la jornada, está en primer lugar, la solicitud de autorización ante el Ministerio del Trabajo.

Las empresas que entren en esta excepción deben especificar en sus contrataciones colectivas que en temporadas específicas se procederá al aumento de la jornada.

En el caso de que los trabajadores no estén amparados bajo un contrato colectivo o no estén sindicalizados, se les deberá especificar en sus respectivos contratos individuales de trabajo.

Otras dos condiciones relevantes que deberán cumplir las empresas -para que les sea autorizada la ampliación del horario- es que los trabajadores no laboren dos temporadas especiales en un mismo año y que la jornada diaria no exceda de 10 horas, teniendo en cuenta que dentro de este lapso se les deberá otorgar el respectivo tiempo de descanso y para su alimentación.

No se descartan otros ajustes
El Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo recalca la obligatoriedad de las empresas de notificar los nuevos horarios de trabajo, así como la obligación de colocarlos en un lugar visible. La norma contempla sanciones y multas por 3.000 unidades tributarias cuando no se enteren los nuevos horarios.

En el Reglamento Parcial de la LOT, se describen dos jornadas: la de tiempo parcial, que es aquella menor a la máxima fijada de ocho horas diarias y la jornada ordinaria, la que ya estaba descrita en el marco legal que entró en vigencia el 7 de mayo de 2012 .

Asimismo, se incluyeron excepciones inapelables como la negación de prolongación de jornada en aquellas labores donde los trabajadores estén expuestos a condiciones inseguras e insalubres.

En el aparte relativo al trabajo continuo o por turnos, se recalca -tal como está determinado en la LOT- que la jornada no podrá exceder de 12 horas, dentro de las cuales el trabajador tendrá derecho al descanso y a la alimentación. Además, establece que por cada período de siete días, el trabajador tendrá derecho a un día libre para el descanso.

El documento parcial que se publicó ayer aún es susceptible de modificaciones, de acuerdo con lo que adelantó el diputado y corredactor de la Ley Orgánica del Trabajo, Francisco Torrealba.

"Son muchos turnos y horarios que hemos encontrado en los diversos sectores de la economía, por eso no se descarta que se incluyan nuevas precisiones".

Reglamento completo
El Consejo Superior del Trabajo continúa elaborando el reglamento completo de la Ley Orgánica del Trabajo.
Según los miembros de esta instancia, todavía no hay fecha para su culminación.

"Nosotros cumplimos con esta primera parte, por la entrada en vigencia de la nueva jornada laboral el próximo 7 de mayo", dijo Torrealba en relación con la publicación parcial del Reglamento que circuló ayer.

El documento completo que, de acuerdo con una estimación preliminar, podría estar concluido a finales de este año, deberá incluir más detalles sobre los 554 artículos de la Ley Orgánica del Trabajo que necesitan mayores precisiones.

Fuente: http://www.elmundo.com.ve/Noticias/Economia/Laboral/Reglamento-de-la-LOT-abre-posibilidad-de-modificar.aspx

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